Régimen de Remuneraciones

 

FLORICULTURA Y VIVEROS

Empleados comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario (OSPRERA - UATRE)

Buenos Aires y La Pampa - Acuerdo Subcomisión regional 

Hacemos saber que con fecha 26/05/2011 la Asociación ha acordado con UATRE las remuneraciones de floricultura y viveros para Buenos Aires y La Pampa.
Implica un aumento no remunerativo de un 30 por ciento, escalonado en tres cuotas de 10 por ciento cada una a pagar en junio, agosto y octubre de 2011, que se incorpora a la remuneración -esto es, que empieza a estar sujeto a aportes y contribuciones- el 1º de enero de 2012. Adicionalmente, se agrega en el mes de diciembre, también con carácter no remunerativo, lo que equivaldría al medio aguinaldo.  
El acuerdo se homologó mediante Resolución CNTA 49/2011.
Las escalas respectivas son las que figuran a continuación:

 

 

Sueldo

 

A MAYO

2011

POR MES

No remunerativo

Junio y Julio 2011

No remunerativo

Agosto y Septiembre 2011

No remunerativo

Octubre y Noviembre 2011

No

remunerativo Diciembre 2011 (incluye adicional por única vez)

Sueldo

A partir

ENERO

2012

POR MES

 

Trabajador

No calificado

2230.80

223.08

446.16

669.24

1003.86

2900.04

Trabajador

semicalificado

2291.64

229.16

458.33

687.49

1031.24

2979.13

Trabajador

calificado

2372.76

237.28

474.55

711.83

1067.74

3084.59

Auxiliar asist-.cliente

2372..76

217.28

474.55

711.83

1067.74

3084.59

Conductor

tractorista

2535.00

253.50

507.00

760.50

1140.75

3295.50

Chofer

 

2636.40

263.64

527.28

790.92

1186.38

3427.32

Mecánico

2737.80

273.78

 

547.56

821.34

1232.01

3559.14

 

- Antigüedad: 1% del básico por cada año de servicios.

- Premio por asistencia y puntualidad: 5% 

- Comida: cuando el trabajador deba realizar tareas en un establecimiento distante al lugar de trabajo, el empleador deberá proporcionar por su cuenta la comida o en su defecto abonará la suma de $ 12,00.

 

FLORICULTURA Y VIVEROS

Empleados no comprendidos en el Régimen Agrario (Sindicato - Obra Social Jardineros) - Convenio 460/06

Informamos sobre el acuerdo alcanzado en el Ministerio de Trabajo con el Sindicato Argentino de Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores, para actualización de remuneraciones de personal de floricultura y viveros no comprendido en trabajo agrario. Dicho acuerdo queda sujeto a homologación.

Consiste en un aumento del 30% sobre las remuneraciones vigentes, en dos tramos: 20% desde el 1º de julio de 2011, y el restante 10% desde setiembre de 2011, con lo que las remuneraciones serán:

 
Todo el país:
  JUL 2011 SET 2011
    Trabajador no especializado 2268.00 2457.00
    Trabajador semi-especializado 2390.47 2589.68
    Trabajador especializado 2457.00 2661.75
     Encargado 2646.00 2866.50
     Menores 16/17 - 8 Hs. 2268.00 2457.00
     Menores/Aprendices - 6 Hs. 1701.00 1842.75

- Antigüedad: 1% del básico por cada año de servicios.

- Premio por asistencia perfecta: 10%