Asociación Argentina de Floricultores y Viveristas

MÁS DE 60 AÑOS HACIENDO CRECER AL SECTOR

 

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  • La Asociación ha acordado con UATRE un incremento de los haberes aplicables a floricultura y viveros de Buenos Aires y La Pampa bajo el régimen de trabajo agrario.

    El acuerdo consiste en:

    a) Establecer adicionales mensuales no remunerativos -esto es, que no devengan leyes sociales ni influyen en los adicionales por antiguedad y presentismo- sobre los sueldos actuales del 10% a partir del 1-7-2010, del 20% desde el 1-10-2010 y del 30% desde el 1-12-2010; y

    b) Incorporar el 30% resultante a la remuneración a partir del 1-1-2011.

    Como es de norma, el acuerdo pasa a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario para su ratificación.

    Los importes resultantes son los siguientes:

     

     

    Hasta Junio 2010

    Julio-Ago-Set

    Oct-Nov

     

    Dic-10

     

    Ene-11

     
       

    Adicional 10% no remunerativo

    Adicional 20%no remunerativo

    Adicional 30% no remunerativo

    30% Total remunerativo (absorbe anteriores)

    SALARIOS BASICOS:

     

    Por mes

    Por día

    Por mes

    Por día

    Por mes

    Por día

    Por mes

    Por día

    Trabajador no calif.

    1.716,00

    171,60

    7,55

    343,20

    15,10

    514,80

    22,65

    2.230,80

    98,16

    Trabajador semi-calif.

    1.762,80

    176,28

    7,76

    352,56

    15,51

    528,84

    23,27

    2.291,64

    100,83

    Trabajador calificado

    1.825,20

    182,52

    8,03

    365,04

    16,06

    547,56

    24,09

    2.372,76

    104,40

    Aux. asistencia cliente

    1.825,20

    182,52

    8,03

    365,04

    16,06

    547,56

    24,09

    2.372,76

    104,40

    Conductor tractor

    1.950,00

    195,00

    8,58

    390,00

    17,16

    585,00

    25,74

    2.535,00

    111,54

    Chofer

    2.028,00

    202,80

    8,92

    405,60

    17,85

    608,40

    26,77

    2.636,40

    116,00

    Mecánico

    2.106,00

    210,60

    9,27

    421,20

    18,53

    631,80

    27,80

    2.737,80

    120,46

     

  • Acuerdo Salarial con el Sindicato de Jardineros Parquistas Viveristas y Floricultores
     

    Hacemos saber que la Asociación ha acordado con el Sindicato respectivo un incremento escalonado del 26% en las remuneraciones correspondientes al Convenio Colectivo 460/06 -personal no comprendido en trabajo agrario-, a abonar de la siguiente manera:

     

    1) Un adicional no remuneratorio del 13% durante abril a agosto de 2010 sobre los sueldos vigentes hasta marzo 2010;

     

    2) Un adicional no remuneratorio del 26% durante setiembre a noviembre de 2010 sobre los sueldos vigentes hasta marzo 2010; y

     

    3) Incorporar a las remuneraciones a partir del 1º de diciembre de 2010 el incremento del 26% sobre los sueldos vigentes hasta marzo 2010.

     

    4) No obstante el carácter no remuneratorio de los incrementos durante el período abril a noviembre de 2010, con lo cual no sufren cargas jubilatorias ni se computan como remuneración a otros efectos, dichos importes sí estarán sujetos a los aportes y contribuciones de obra social y a los aportes sindicales que puedan corresponder.

     

    En resumen, los haberes quedan establecidos en el nivel que se detalla a continuación:

                                                                                  

     

     

    13%

    26%

     

     

     

    Adicional no

    Adicional no

     

     

    Remuneración

    remunerativo

    remunerativo

    Remuneración

    Categoría

    Abril/Noviembre

    Abril/Agosto

    Setiem/Noviemb

    Diciembre

     

    2010

    2010

    2010

    2010

     

     

     

     

     

        Trabajador no especializado

    1500,00

    195,00

    390,00

    1890,00

        Trabajador semiespecializado

    1581,00

    205,53

    411,06

    1992,06

        Trabajador especializado

    1625,00

    211,25

    422,50

    2047,50

         Encargado

    1750,00

    227,50

    455,00

    2205,00

         Menores 16/17 - 8 Hs.

    1500,00

    195,00

    390,00

    1890,00

         Menores/Aprendices - 6 Hs.

    1125,00

    146,25

    292,50

    1417,50

     
     
    El acuerdo se ha suscripto el 27-4-2010 en el Ministerio de Trabajo y fue elevado a la correspondiente homologación.
     
  • Resolución 435/05 de la Secretaría de Agricultura. Visite nuestro sector Novedades para acceder al texto.

  • Trabajo agrario - Trabajo no agrario: la posición de esta Asociación. Visite nuestro sector Laboral para conocerla.

  • Invitamos a los asociados a hacernos llegar y mantener actualizadas sus direcciones de correo electrónico, a fin de permitirnos un flujo rápido de informaciones a través de este medio.

 

 

 

 

Ultima actualización 19/07/2010.

 

 

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